La intromisión de los gobiernos en la función judicial afecta el principio de independencia judicial.
Resumen
Con el retorno a la democracia desde 1979, el principio de la independencia judicial constaba en el artículo 96 indicando: “Los órganos de la función jurisdiccional son independientes en el ejercicio de sus funciones. Ninguna autoridad puede interferir en los asuntos propios de ella”, contradictoriamente en la misma Constitución de 1979 en el artículo 101 dice que “son designados por la Cámara Nacional de Representantes…” que en aquella época duraban seis años en sus funciones; desde el retorno a la democracia hasta el año 2021 demostraré constitucional y legalmente que la función judicial nunca asumió verdaderamente la independencia judicial desde el año 1945, y a los jueces se nombraba a través de la Función Legislativa.