Mujer víctima de violación y su derecho al aborto sin ser juzgada por la objeción de conciencia de la sociedad.

  • Jorge Washington Soxo Andachi Universidad Regional Autónoma de los Andes
  • Luis Rodrigo Miranda Chávez Universidad Regional Autónoma de Los Andes
  • Juan Giovani Sailema Armijo Universidad Regional Autónoma de los Andes
  • Eddy Lautaro Enríquez Mora Universidad Regional Autónoma de los Andes
Palabras clave: Código Orgánico Integral Penal, sentencia, Salud Pública, violencia sexual

Resumen

El Código Orgánico Integral Penal sancionaba el aborto igual que la Corte Constitucional, mediante sentencia No.34-19-IN/21. La investigación tiene como objetivo identificar la falta de conocimiento del derecho de las mujeres víctimas de violencia a acceder a la interrupción del embrazo en el sistema de Salud Pública; para el efecto, se procede analizar fuentes documentales sobre la objeción de conciencia y la interrupción voluntaria del embarazo desarrolladas en las convenciones “Belem do Para” y la “CEDAW, planteándose como posible solución al fenómeno de urgentes reformas al Código Orgánico Integral Penal y la expedición de la Ley que permita el aborto.

Publicado
2022-09-01
Sección
Artículos